Acuciados por las letras de molde los noticieros, nuestros políticos se han puesto una vez más a echarse culpas entre ellos como única respuesta frente al lamentable homicidio de un padre de familia, aparentemente cometido por un adolescente de quince años de edad. Unos a otros se achacan la responsabilidad de no haber modificado el régimen penal de la minoridad, lo cual impide imponer una pena de prisión a la persona sindicada como autora del crimen, dado que por aplicación del art. 1 de la Ley 22.278, "[n]o es punible el menor que no haya cumplido dieciséis años de edad".
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De modo que por unos días, quizá algunas semanas, tendremos que presenciar el interminable debate -carente en gran parte de argumentos serios, como casi todos los debates que se suscitan por estas latitudes- entre quienes sostienen que bajando la edad legalmente establecida para considerar penalmente imputable a una persona se acaban los delitos cometidos por menores, y quienes se rasgan las vestiduras ante semejante posibilidad, creyendo ver "niños" indefensos en adolescentes de catorce o quince años que delinquen con inusitada crueldad, como si éstos fueran asimilables a vulnerables infantes en edad preescolar.
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Lamentablemente, lo más probable es que la discusión quede una vez más en la nada, y perdamos otra posibilidad de analizar la cuestión con la seriedad y el rigor que amerita, distinguiendo claramente las distintas facetas del problema y contribuyendo a su genuina solución.
Lamentablemente, lo más probable es que la discusión quede una vez más en la nada, y perdamos otra posibilidad de analizar la cuestión con la seriedad y el rigor que amerita, distinguiendo claramente las distintas facetas del problema y contribuyendo a su genuina solución.
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Para ordenar un poco las ideas, creo que lo primero que conviene aclarar es de qué hablamos cuando hablamos de "imputabilidad".
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Para ordenar un poco las ideas, creo que lo primero que conviene aclarar es de qué hablamos cuando hablamos de "imputabilidad".
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Para ser concisos, la "imputabilidad" es la capacidad de una persona de obrar de modo penalmente reprochable, para lo cual se requiere que el individuo sea capaz de comprender el carácter delictivo de sus actos y de dirigir sus acciones en función de esa comprensión. La condición de "imputable" se refiere por cierto a la capacidad en abstracto de la persona de comprender y dirigir sus actos, y no a las posibilidades concretas de hacerlo en un caso determinado, las cuales pueden estar limitadas por otros factores, que no voy a tratar aquí.
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Lo que hace nuestro régimen actual es presumir, sin posibilidad de prueba en contrario, que una persona menor de dieciséis años no posee la madurez intelectual suficiente para entender que está llevando a cabo una acción caracterizada como delito, ni para motivarse en la norma de modo tal de poder actuar de otro modo. Ciertamente, no hay que tener conocimientos demasiado profundos de psiquiatría o psicología para darse cuenta que, en un número significativo de casos, esa presunción legal no se condice con la realidad. Sostener que, en pleno siglo XXI y con las posibilidades que los adolescentes tienen de acceder a distintas fuentes de información, formarse una idea de la realidad que los circunda y analizarla debidamente, un jóven de trece, catorce o quince años es absolutamente incapaz de comprender que robar, matar o lesionar son hechos prohibidos por la ley y, consecuentemente, reprimir el deseo de llevarlos a cabo, francamente es algo que no resiste el menor análisis científico.
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Lógicamente, habrá casos en los cuales un adolescente concreto carezca de las aptitudes cognitivas y volitivas para comprender la criminalidad de sus actos y actuar en consecuencia, del mismo modo que ello ocurre con personas mayores de edad que padecen de trastornos madurativos, enfermedades mentales, etc. Pero sostener, como lo hace nuestra ley, que una persona menor de dieciséis años en ningún supuesto puede ser considerada penalmente imputable, constituye una afirmación absolutamente arbitraria y que no se condice con criterio científico alguno.
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Es decir que, en ese punto, asiste la razón a quienes señalan la falta de adecuación a nuestra realidad social de la norma que establece la inimputabilidad de las personas menores de dieciseis años, del mismo modo que también aciertan quienes denuncian la ausencia, en nuestra legislación penal, de categorías intermedias entre la "imputabilidad" y la "inimputabilidad" que se adecuen a la situación de personas que, si bien son capaces de comprender el carácter delictivo de sus acciones, padecen de dificultades -que no llegan a la absoluta imposibilidad- para dirigir sus acciones de acuerdo a las normas (lo que se pueden considerar situaciones de "imputabilidad disminuida", como las que el amigo Mario Juliano explica en una entrevista que le realicé hace algunos años y se puede ver acá).
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Ahora bien, creer que modificando el régimen de imputabilidad para permitir la persecución penal de personas menores de dieciséis años se soluciona el grave problema de inseguridad que afecta a nuestros principales conglomerados urbanos y se resuelve la situación de miles de adolescentes que caen en el delito por falta de expectativas y contención social, implica una afirmación de un simplismo y una superficialidad que francamente asustan.
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Como ya lo he sostenido varias veces en este mismo blog, simplemente no existe prueba empírica que permita validar la hipótesis de que el delito es un problema que se resuelve sencillamente incrementando la magnitud de la amenaza penal. Amenazar con la prisión a los adolescentes que se entregan a la vida criminal no los hará deponer su actitud y volcarse al estudio y el trabajo honrado, del mismo modo que el Derecho Penal -y la pena de prisión en especial- se ha mostrado también impotente para disuadir la criminalidad llevada a cabo por personas mayores.
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La falta de expectativas y perspectivas de progreso personal, la ausencia de una cultura del trabajo y la destrucción de los valores que tradicionalmente mantenían la cohesión social y contenían a los sectores más marginales son, creo que sin dudas, factores mucho más determinantes para explicar la explosión de la criminalidad juvenil de los últimos años que la ausencia de una adecuada política represiva. En ese sentido son probablemente ciertos muchos de los argumentos de quienes se autodenominan "progresistas", quienes sin embargo se equivocan garrafalmente al encarar el problema de la marginalidad desde una perspectiva "buenista", según la cual los pobres son seres indefensos víctimas de una conspiración orquestada por los ricos, y que no tienen responsabilidad alguna en su propia situación.
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La falta de expectativas y perspectivas de progreso personal, la ausencia de una cultura del trabajo y la destrucción de los valores que tradicionalmente mantenían la cohesión social y contenían a los sectores más marginales son, creo que sin dudas, factores mucho más determinantes para explicar la explosión de la criminalidad juvenil de los últimos años que la ausencia de una adecuada política represiva. En ese sentido son probablemente ciertos muchos de los argumentos de quienes se autodenominan "progresistas", quienes sin embargo se equivocan garrafalmente al encarar el problema de la marginalidad desde una perspectiva "buenista", según la cual los pobres son seres indefensos víctimas de una conspiración orquestada por los ricos, y que no tienen responsabilidad alguna en su propia situación.
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Creo que es ese mismo discurso que promueve la dádiva como única forma de inclusión social de los sectores marginales y sostiene que los "pobres" y los "niños" (con el particular sentido que se le da al término "niño") nunca tienen culpa de nada, lo que, en parte y tratando de no caer tampoco en exageraciones de sentido opuesto que intenten reducir el problema de la delincuencia a un fenónemo unicausal, multiplica esa sensación de desánimo, carencia de proyectos, expectativas y perspectivas que es caldo de cultivo de la criminalidad juvenil.
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Desde este punto de vista, restablecer la idea de que todos -incluidos los adolescentes, cualquiera sea su condición socioeconómica- somos responsables de nuestros actos y de nuestra suerte, puede contribuir a modificar para bien la realidad que nos aqueja. La modificación del régimen penal de minoridad en general -y el tema de la imputabilidad en particular- puede constituir un jalón en ese sentido, que no debe sobreestimarse ni dejarse de acompañar de otros cambios culturales y normativos mucho más profundos.
6 visitantes dieron su opinión:
Hola Diego, dejo mi opinion: si una persona es imputable cuando su conducta es penamente reprochable, porque cabe en uno de los articulos del codigo penal, creo, que considerando la capacidad del individuo (su discernimiento y su intencion) al momento de cometer el ilicito, nada importa la edad que tiene. Porque una persona de 14, 15 0 16 anos puede ser mucho mas madura en sus acciones y las consecuencias que implican sus actos, que la accion de una persona de mas de 30.
Para mi, deberia juzgarse segun el caso y no escandalizar tanto en la edad.
Hoy en dia, los adolescentes no son los mismos que exisitian al momento de redactar la edad de la inimputabilidad, y las normas no estan adecuadas a la realidad de nuestro pais.
Pd: perdon la redaccion pero me enganche leyendo desde el cel en medio del viaje a la ofi y no quise dejar de plasmar mi punto de vista.
Saludos
Estoy totalmente de acuerdo con lo que planteás. Creo que la capacidad de comprender la criminalidad del acto debería analizarse en cada caso concreto, a través de peritajes psiquiátricos y psicológicos, y no imponerse mediante presunciones iure et de iure que no responden a ningún criterio científico. A lo sumo, lo que se podría hacer es imponer una presunción iuris tantum (es decir, destruible por prueba en contrario) de que una persona por debajo de determinada edad (pongamos por ejemplo trece años, como en Uruguay) es inimputable.
Pensaría que el derecho también es performativo en este sentido. Quiero decir, el hecho de que cierta categoría de persona sea considerada inimputable contribuye en parte a que las personas de esa categoría se consideren libradas de la responsabilidad de distinguir entre lo legal y lo ilegal, por no hablar de lo bueno y lo malo. En términos formales, por lo tanto, yo estaría de acuerdo en bajar la edad de imputabilidad, al menos en ciertos casos: a los catorce años una persona es capaz de entender lo que significa matar a otra.
Jopa, estoy de acuerdo. Desligar de toda responsabilidad por sus actos a un adolescente es una pésima práctica en términos de formación cívica. Aclaro de todos modos que no creo que la solución pase por llenar las cárceles de adolescentes de 15 años, porque la cárcel no resuelve nada, al contrario, empeora. Pero tampoco se puede pasar al otro extremo de considerar que un chico de 14 años, que sabe perfectamente que matar, robar o violar está mal, es un "incapaz" y darle vía libre para que haga lo que se le de la gana.
Claro. Agregaría que muchas veces desde el progresismo se cae en el extremo de deshumanizar a los pobres, alegando que el tiene hambre naturalmente va a robar o incluso matar. Me parece que la idea de que uno es libre y responsable por sus actos es un supuesto elemental para que una sociedad funcione, no solo en el ámbito penal sino en todos los ámbitos.
Muy bueno esto.
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